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Guía para expedidores internacionales: nueva norma del Código IMDG para vehículos propulsados por baterías de iones de litio – transición de UN 3171 a UN 3556

Actualización importante sobre la normativa de transporte marítimo de vehículos propulsados por baterías de ion-litio

1. Cambio normativo: introducción del UN 3556

El Código Marítimo Internacional de Mercancías Peligrosas (IMDG), enmienda 42-24, introduce un cambio importante para el transporte marítimo de vehículos propulsados por baterías. La entrada anterior, UN 3171 VEHÍCULO PROPULSADO POR BATERÍAS o EQUIPO PROPULSADO POR BATERÍAS, se ha subdividido.

La nueva entrada, UN 3556 VEHICLE, LITHIUM ION BATTERY POWERED, ahora abarca específicamente todos los vehículos propulsados por baterías de iones de litio recargables. Los equipos propulsados por otros tipos de batería (por ejemplo, de plomo-ácido) o los equipos a batería que no sean vehículos se rigen por otra normativa. Este cambio busca alinear la clasificación con los requisitos operativos y de seguridad reales.

2. Diferencias clave & implicaciones operativas

Instrucción de embalaje:

  • UN 3171: Había sin instrucción de embalaje asignada.
  • Transición de UN 3171 a UN 3556 para vehículos propulsados por baterías de ion litio conforme al Código IMDG 42-24
  • UN 3556: Asignado a Instrucción de embalaje P912. Entre los puntos clave figuran:
    • El vehículo debe fijarse en un embalaje exterior resistente y rígido.
    • Los vehículos con una masa neta de 30 kg o más puede transportarse sin embalaje si pueden mantenerse en posición vertical durante el transporte y proteger adecuadamente la batería, o bien pueden embalarse en cajas o paletizarse.
    • Fundamentalmente, los embalajes no necesitan cumplir los requisitos de los ensayos de prestaciones para bultos de mercancías peligrosas (es decir, no son «embalajes de especificación UN»).
Instrucción de embalaje P912 para vehículos propulsados por batería de iones de litio UN 3556: requisitos de embalaje

Marcado, etiquetado y placas de peligro:

  • Para los vehículos sin embalar (por ejemplo, automóviles, motocicletas):
    • No se exigen etiquetas ni marcas de peligro en el propio vehículo.
    • No obstante, la unidad de transporte de carga (CTU) debe llevar la designación oficial de transporte o una placa naranja marcada con "UN 3171" en al menos dos caras.
  • Para los vehículos embalados (por ejemplo, bicicletas eléctricas, patinetes en cajas):
    • Marcado del bulto: Cada bulto debe mostrar: número UN (UN 3556) la designación oficial de transporte y Etiqueta de peligro de Clase 9 (modelo 9A).
    • Placas de la CTU: El contenedor debe llevar placas de Placa de Clase 9 (modelo 9).
    • Marcado del sobreembalaje: Si las unidades se consolidan en un sobreembalaje, el embalaje exterior debe marcarse con "OVERPACK".

3. Calendario de aplicación & periodo de transición

  • Periodo de transición (2025): Ambos UN 3171 y UN 3556 son aceptables para su uso conforme al Código IMDG en 2025. No obstante, el uso real del UN 3556 en un envío está sujeto a aceptación por todas las partes de la cadena de transporte: el puerto de origen (Aduanas de China), el transportista marítimo, los puertos de transbordo y las autoridades del país de destino. Si alguna parte no lo acepta, debe utilizarse UN 3171. Es esencial aclararlo con su transitario y su transportista antes de reservar.
  • Fecha obligatoria (en vigor desde el 1 de enero de 2026): A partir de esta fecha, el uso de UN 3556 es obligatorio para el transporte marítimo de los vehículos propulsados por baterías de litio-ion contemplados en el Código IMDG.

4. Recomendaciones prácticas para compradores internacionales

  • Claridad contractual: Especifique en sus pedidos y contratos con proveedores chinos que, en los envíos con fecha de conocimiento de embarque a partir del 1 de enero de 2026, todo el embalaje, la documentación y las marcas deben cumplir la enmienda 42-24 del Código IMDG (UN 3556).
  • Comunicación proactiva: Para los envíos de 2025, implique pronto a su proveedor logístico para verificar la aceptación de la UN 3556 en toda la ruta para evitar retrasos.
  • Revisión de la documentación: Asegúrese de que todos los documentos de envío (DGD, lista de empaque, MSDS) sean coherentes en cuanto al número UN, la designación oficial de transporte y el estado físico de la mercancía (embalada o sin embalar).

Conclusión

Esta actualización normativa mejora la seguridad y la claridad operativa en la logística mundial. Al comprender la transición de UN 3171 a UN 3556, podemos trabajar juntos para garantizar cadenas de suministro conformes y eficientes.

Aviso legal: esta guía ofrece información general basada en la enmienda 42-24 del Código IMDG. Consulte siempre con su transitario y con personal certificado en mercancías peligrosas los requisitos específicos de su carga. La normativa puede cambiar.

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